PROTECCIÓN BIENES CULTURALES

 

CAMPAÑA NACIONAL CONTRA

EL TRÁFICO ILÍCITO DE BIENES CULTURALES

Ministerio de Cultura

República de Colombia

 

COMITÉ TÉCNICO

PARA EL CONTROL DEL TRÁFICO ILÍCITO DE BIENES CULTURALES EN COLOMBIA 

  

DISPOSICIONES GENERALES

 

El 15 de abril de 2002 se firmó el Programa de cooperación contra el tráfico ilícito de bienes culturales en Colombia, convenio interinstitucional diseñado para desarrollar acciones conjuntas  con el fin de contrarrestar el tráfico ilícito de los bienes culturales muebles  que integran el  patrimonio cultural colombiano. En este contexto se propuso la creación de un comité asesor de  apoyo y seguimiento al programa, que estaría conformado por un representante de cada una de las instituciones firmantes.

 

Del 10 al 13 de septiembre de 2001, se realizó en la ciudad de Quito – Ecuador, la Primera Reunión subregional para el control del tráfico ilícito de bienes culturales, con participación de Colombia. En dicha reunión se acordó la creación de Comités Técnicos Nacionales en los países Andinos, los cuales deberían tener  un carácter multidisciplinario, con el fin de fortalecer la  lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales de la región. UNESCO - Quito propuso que en su conformación estuviera la representación del ICOM, de la INTERPOL, de la Oficina de Cooperación de la UNESCO y un representante de la sociedad civil.

COMPOSICIÓN, FUNCIONES Y RÉGIMEN DE SESIONES DEL COMITÉ 

ARTICULO 1º. Se crea el Comité Técnico  para el control del tráfico ilícito de bienes culturales en Colombia,  con el objetivo de contribuir a la definición de las políticas de Estado en la materia,  y coordinar las actividades dirigidas a la  prevención y control del tráfico ilícito de bienes culturales. Igualmente deberá  asesorar al Gobierno Nacional en  estos aspectos.

 

ARTÍCULO 2º. El Comité Técnico para el control del tráfico ilícito de bienes culturales en Colombia estará integrado por un representante delegado de las siguientes entidades:

q       Presidencia de la República

q       Ministerio de Cultura

q       Ministerio de Relaciones Exteriores

q       Ministerio de Comercio Exterior

q       Archivo General de la Nación

q       Instituto Colombiano de Antropología e Historia ICANH

q       Policía Nacional

q       Departamento Administrativo de Seguridad DAS

q       Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN

q       Sociedad Colombiana de Arqueología

q       Universidad Externado de Colombia

q       Fiscalía General de la Nación

q       Procuraduría General de la Nación

q       ICOM – Colombia

q       Sociedad Colombiana de Restauradores de Bienes Muebles

La Dirección de Patrimonio coordinará directamente con el Museo Nacional de Colombia y con la Biblioteca Nacional  las actividades, relacionadas con las colecciones de los museos y con el patrimonio bibliográfico

 

ARTÍCULO  . El Comité Técnico  para el control del tráfico ilícito de bienes culturales en Colombia contará con una Coordinación que será ejercida por el representante de la Dirección de Patrimonio y una Secretaría rotativa, la cual será  ejercida por uno de sus miembros, elegido por los miembros del Comité.

 

ARTÍCULO  . Son funciones del Comité Técnico  para el control del tráfico ilícito de bienes culturales en Colombia, las siguientes:

q       Contribuir a la realización de las actividades definidas en el Programa de Cooperación contra el tráfico ilícito de bienes culturales en Colombia, y las demás que se consideren necesarias para fortalecer la lucha contra los actos delictivos que atentan contra el patrimonio  cultural colombiano.

q       Contribuir al cumplimiento de los Planes de Acción, aplicación de Convenciones y Acuerdos y a los compromisos internacionales que haya suscrito Colombia en la materia

q       Contribuir a la definición de directrices y   regulaciones relacionadas con la  protección del patrimonio cultural mueble objeto de comercialización ilegal

q       Apoyar a las entidades participantes en la realización de sus programas internos, concordantes con el tema del tráfico ilícito de bienes culturales

q       Fomentar y difundir las acciones relacionadas con la prevención y control del tráfico ilícito de bienes culturales

q       Encargarse de las gestiones necesarias para obtener apoyo logístico y financiero, con el fin de dar  cumplimiento de las actividades definidas

q       Las demás que correspondan a su naturaleza

 

ARTÍCULO 5º. Son funciones de la Coordinación  del Comité Técnico para el control del tráfico ilícito de bienes culturales en Colombia, las siguientes:

q       Diseñar y gestionar los planes y estrategias necesarias para contrarrestar el tráfico ilícito de bienes culturales

q       Coordinar y velar por el desarrollo del Plan de Acción 2002 – 2004 definido en el marco del Programa de Cooperación

q       Convocar por cualquier medio y coordinar las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité Técnico  para el control del tráfico ilícito de bienes culturales en Colombia.

q       Presentar al Comité Técnico para el control del tráfico ilícito de bienes culturales en Colombia  los informes, propuestas de trabajo y demás documentación requerida.

q       Enviar  a los integrantes del Comité, a través de la   Secretaría,  la información necesaria sobre propuestas,  resultados y demás comunicaciones necesarias, relacionadas con los proyectos y actividades

 

ARTÍCULO 6o. Son funciones de la Secretaría  del Comité Técnico para el control del tráfico ilícito de bienes culturales en Colombia, las siguientes:

q       Elaborar la agenda de reuniones

q       Elaborar las actas de reuniones,  dejando constancia de los asuntos tratados y los acuerdos definidos

q       Llevar el Libro de Actas

q       Las demás que establezca el comité

 

ARTÍCULO 7º. El Comité Técnico para el control del tráfico ilícito de bienes culturales en Colombia, se reunirá ordinariamente cada dos (2) meses y extraordinariamente cuando sea convocado por  la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura o cuando  alguna de las entidades participantes lo requiera, para lo cual deberá  hacer la solicitud  por escrito  a la Dirección de Patrimonio para su convocatoria.   

a)     Invitados. A las reuniones del Comité Técnico podrán asistir expertos, en calidad de invitados, siempre que se considere necesario, para resolver o aclarar aspectos relevantes relacionados con los asuntos del tráfico ilícito de bienes culturales. Dichos invitados tienen voz pero no voto.

b)     Quórum deliberatorio y decisorio. Se deliberará y decidirá  con la  mitad más uno de los miembros, cualquiera que se el medio que se utilice.

 

El presente Comité fue aprobado por las entidades participantes, en su Sesión Ordinaria del 7 de marzo de 2003.

Dirección Patrimonio

Calle 9 No. 8-31. Conmutador: 342  0984 ext. 16, 29 y 39.

E-mail: patrimonio@mincultura.gov.co

Internet: http://www.mincultura.gov.co